¿Condicionar una pensión?: Loretta Ortiz.

Condicionar una pensión a que los padres de un militar fallecido prueben dependencia económica, sin parámetros claros y objetivos, puede vulnerar la igualdad y la no discriminación: Loretta Ortiz*

Hoy en el Pleno de la SCJN analizó el proyecto del Amparo en Revisión 398/2025, que toca un tema sensible: el acceso a la pensión para los padres o madres de un militar fallecido y el requisito legal de acreditar dependencia económica para poder recibirla.

📄 *El caso*.

👴💰 Un adulto mayor de más de 80 años solicitó ser reconocido como beneficiario de la pensión derivada del fallecimiento de su hijo, integrante de las Fuerzas Armadas. La autoridad se lo negó porque consideró que no probó que dependía económicamente de él. Inconforme, promovió un amparo.

La jueza de Distrito le dio parcialmente la razón, pero solo porque la autoridad no valoró adecuadamente las pruebas. Sin embargo, negó que el artículo 39 de la Ley del ISSFAM fuera inconstitucional.

El Tribunal Colegiado confirmó esa decisión y el asunto llegó a la Suprema Corte porque seguía pendiente una pregunta de fondo: ¿Es constitucional exigir a los ascendientes que acrediten dependencia económica para acceder a esta pensión?

🏛️ *La resolución*.

❌ La mayoría del Pleno votó en contra del proyecto que proponía modificar la sentencia y conceder el amparo al adulto mayor.

✅ Junto con el Ministro ponente, la Ministra Loretta Ortiz votó a favor del proyecto por las siguientes razones:

⚫ Desde su perspectiva, exigir a los ascendientes, que en muchos casos son personas adultas mayores, una carga probatoria adicional para acceder a una pensión genera una distinción injustificada. No se trata solo de un requisito administrativo. Se trata del acceso a la seguridad social.

⚫ Condicionar este derecho a que los padres prueben dependencia económica, sin parámetros claros y objetivos, puede vulnerar la igualdad y la no discriminación. También afecta el principio de progresividad en materia de derechos sociales.

⚫ La Ministra Loretta Ortiz ha sostenido esta postura en asuntos previos. En la Acción de Inconstitucionalidad 197/2020 (del 11 de octubre de 2022) señaló que supeditar la pensión de ascendientes a la acreditación de dependencia económica puede ser desproporcionado y deja el acceso a la pensión al juicio de la autoridad.

⚫ Es cierto que instrumentos internacionales como el Convenio 102 de la OIT fijan estándares mínimos, pero los Estados no están limitados a ese piso: pueden y deben ampliar la protección cuando se trata de derechos sociales, especialmente tratándose de personas mayores.

⚫ En este caso, el proyecto que se presentó era consistente con esa visión: revisar con cuidado las cargas probatorias impuestas a personas adultas mayores y entender la seguridad social desde una mirada más amplia, que reconozca también el derecho al cuidado y la realidad social de las familias.

Porque al final, la pregunta es sencilla. ¿El acceso a una pensión debe depender de una carga probatoria que puede convertirse en una barrera para quienes ya se encuentran en situación de vulnerabilidad?