El Máximo Tribunal determinó que la acción penal ejercida por los delitos de homicidio y lesiones culposos, en su modalidad de comisión por omisión, en agravio de niñas y niños no prescribe por tratarse de violaciones graves a los derechos humanos.La Suprema Corte de Justicia de la Nación votó a favor del proyecto presentado por la Ministra Loretta Ortiz Ahlf, en el cual se establece que la acción penal en el caso de la tragedia de la Guardería ABC es imprescriptible debido a la gravedad de las violaciones a los derechos humanos involucrados. Esto significa que en el caso sí procede investigar los hechos denunciados y perseguir a la persona probable responsable.
El criterio aprobado es determinante en señalar que el paso del tiempo no puede ser un obstáculo para investigar y sancionar conductas que constituyen violaciones graves a los derechos humanos, considerando que las víctimas directas de los hechos fueron niñas y niños en su primera infancia.
“Es indudable que la multiplicidad de violaciones cometidas en perjuicio de las niñas y los niños que se encontraban en su primera infancia; la naturaleza de los derechos vulnerados en lo individual y como colectivo; la intensidad de las lesiones a los bienes jurídicos; y el incumplimiento del Estado de su deber reforzado de protección de los derechos de los infantes, le imprime al caso que nos ocupa una dimensión específica de gravedad con gran trascendencia social”, señala la resolución.
La sentencia se enmarca en la tragedia ocurrida el 5 de junio de 2009, fecha en la que se incendió una Guardería del IMSS en Hermosillo, Sonora, con más de ciento cincuenta infantes dentro. En el siniestro fallecieron cuarenta y nueve niñas y niños, de entre tres meses y cuatro años, y decenas más resultaron lesionados. El caso ha sido considerado como la peor tragedia infantil ocurrida en México en la época actual, y continúa generando consternación en todo el país.
Tras definir el criterio jurídico, se ordenó devolver el asunto al Tribunal Colegiado de Circuito correspondiente para que continúe con el análisis del caso y dicte la sentencia definitiva con apego a la doctrina fijada por el Alto Tribunal.
